Derecho de la mujer: “Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable
caerá todo el rigor de la Ley.”(1)
Derecho del hombre: “Todo hombre es considerado inocente hasta
que ha sido declarado convicto. Si se estima que su arresto es indispensable,
cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona ha de ser
severamente reprimido por la ley.”(2)
Pareciera que o al derecho
del hombre le agregaron o al de la mujer le quitaron, la diferencia es
importante. En el caso femenino solamente se especifica que en caso de que una
mujer fuera considerada culpable por la ley se aplicarían las medidas
necesarias para su castigo, no dice nada más que esa sencilla frase expresada
de la manera antes vista.
Por otro lado, en cuando al
estatuto masculino se agrega que el hombre en cuestión es inocente hasta que se
haya confirmado con pruebas contundentes e irrefutables. Además, se estipula
que solamente se aplica el castigo indispensable, siendo fuera de ley entregar
uno de éstos más fuerte de lo necesario. En este último punto se ve cierta
similitud entre este artículo y el antecesor que hablan de castigos justos.
Imagen: La imagen es, nada más y nada menos, que la balanza de la justicia.
Fuentes:
- (1) Primer
artículo, Déclaration des Droits de la Femme et de la Citoyenne.
- (2) Primer
artículo, Déclaration des Droits de l’Homme et du Citoyen.
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