Derecho de la mujer: “El principio de toda soberanía reside, esencialmente, en la
Nación, que no es sino la reunión de la mujer y del hombre; ninguna
corporación, ningún individuo puede ejercer autoridad alguna que no emane
expresamente de ella.”(1)
Derecho del hombre: “La fuente de toda
soberanía reside esencialmente en la Nación; ningún individuo ni ninguna
corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente
de ella.”(2)
En este artículo se habla del poder, el
único que tiene poder sobre los derechos y deberes de la mujer es el estado y
las autoridades que vengan directamente de él, nada más aparte de ello, y el
estado, por otro lado, hace referencia al conjunto del hombre y la mujer en
total, no por separado ni por sí solo. El término “estado” no se refiere a lo
que nosotros comúnmente asociamos, que consta de ser una mezcla entre división
poder, territorio, ley y población, pasando a ser la unión perfecta entre los
dos géneros que daría paso al único poder que realmente podría doblegarlos.
Nuevamente nos encontramos ante una
exclusión de la mujer en la carta de derechos de los hombres y la inclusión del
mismo en los derechos del sexo femenino. Aun así es evidente el parecido
significativo entre ambos derechos haciendo más evidente el hecho de que uno
sea el calco del otro.
Finalmente se ve que realmente el hombre
no es superior a la mujer y que, por tanto, no tiene ningún poder sobre ella
que le permita tratarla como hasta ese momento se trataba de manera tan
natural. Era un cambio en la sociedad machista que tiene que ver con que
dejamos de ser esclavas a ser seres iguales, pero que al mismo tiempo, nosotras
mismas no estamos por sobre los hombres, así que tampoco podemos tratarlos de
la forma tan mala que por tanto tiempo se trató al género femenino.
En ese caso se ve una especie de avance,
ya que a pesar de que la autora de la declaración de los derechos de la mujer
era feminista, los derechos fueron redactados de tal forma que se ve una
especie de igualdad de condición entre ambos sexos que hace que ninguno se vea
realmente superior al otro.
Imagen: En este caso se trata de una forma más gráfica de ver al poder a como hemos estado hablando de él, pasando de ser el poder de un individuo sobre otro a ser el poder representado por unas sombras de colores en las manos desnudas.
Imagen: En este caso se trata de una forma más gráfica de ver al poder a como hemos estado hablando de él, pasando de ser el poder de un individuo sobre otro a ser el poder representado por unas sombras de colores en las manos desnudas.
Fuentes:
- (1) Primer
artículo, Déclaration des Droits de la Femme et de la Citoyenne.
- (2) Primer
artículo, Déclaration des Droits de l’Homme et du Citoyen.
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